5/06/2008

El trasvase a Barcelona avanza.

6.5.2008.



Elena Espinosa, en el espinoso trabajo de sacar las castañas del fuego a Zapatero, que prometió que no habría trasvases. Pero la vida es diferente.

Por: Redacción

Establecidos los mecanismos para el desarrollo de la infraestructura de conducción entre el consorcio de Aguas de Tarragona y el Sistema Ter-Llobregat

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Establecidos los mecanismos para el desarrollo de la infraestructura de conducción entre el consorcio de Aguas de Tarragona y el Sistema Ter-Llobregat

La Administración General del Estado cederá esta infraestructura a la Generalitat de Catalunya, una vez que la desalinizadora del Prat esté en pleno funcionamiento.


La Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa, y el conseller del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña , Francesc Baltasar, han firmado hoy el convenio de colaboración entre ambas Administraciones para el desarrollo de la infraestructura de conducción entre el Consorcio de Aguas de Tarragona y el Sistema Ter-Llobregat.

El convenio establece los mecanimos de colaboración para la ejecución de esta infraestructura destinada a garantizar el abastecimiento domiciliario de agua apta para el consumo humano en el ámbito territorial de los municipios afectados por la sequía en la provincia de Barcelona, de conformidad con el Real Decreto-Ley de 21 de abril de 2008.

En este sentido, la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, realizará las actuaciones necesarias para llevar a cabo las obras de la infraestructura de conducción entre el Consorcio de Aguas de Tarragona y el Sistema Ter-Llobregat. El trazado de la misma utilizará, siempre que sea materialmente posible, la zona de servidumbre de la autopista AP-7.

Según el convenio, corresponderá a la Generalitat de Cataluña la dirección de las obras de conducción de esta infraestructura, adjudicadas por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Una vez finalizadas las obras, su recepción corresponderá al órgano contratante que realizará una cesión de uso temporal a la Generalitat de Cataluña para su explotación, en los términos y circunstancias establecidos en la Disposición final tercera del real Decreto-Ley de 21 de abril de 2008.

Superadas las circunstancias previstas en esta disposición y, en concreto, una vez que la desalinizadora del Área Metropolitana de Barcelona esté en pleno funcionamiento, la Administración General del Estado cederá la infraestructura a la Generalitat de Cataluña exclusivamente para atender a las eventuales necesidades de abastecimiento del sistema Consorcio de Aguas de Tarragona mediante la derivación de caudales de agua del Sistema Ter-Llobregat.

El convenio también establece la constitución de forma inmediata de una Comisión Mixta de Seguimiento formada por representantes de ambas Administraciones que realizará, entre otras, las siguientes funciones: acordar los criterios para la selección del contratista o contratistas, aprobar el programa de desarrollo de la actuación y velar por su cumplimiento, analizar y proponer los mecanismos técnico a implantar en la ejecución de la obra que permitan la reversibilidad del uso de esta infraestructura del sistema de abastecimiento del Ter-Llobregat hacia el sistema del Consorcio de Aguas de Tarragona y garantizar el intercambio de información entre ambas Administraciones.


5 de mayo de 2008

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