10/24/2008

Medidas urgentes para paliar los efectos de la sequía en determinados ámbitos de las cuencas del Júcar, Segura, Guadiana y Guadalquivir


Consejo de Ministros

El Gobierno aprueba un Real Decreto-Ley de medidas urgentes para paliar los efectos de la sequía en determinados ámbitos de las cuencas del Júcar, Segura, Guadiana y Guadalquivir

Establece conceder, un año más, la exención de determinadas tasas de agua para riego, extendiéndola a los abastecimientos afectados por la escasez de recursos.

Exime al Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel de la aportación correspondiente a la tarifa de conducción del abastecimiento Tajo-Segura, dado el escaso aprovechamiento de los recursos trasvasados anteriormente.

El Consejo de Ministros ha aprobado, en su reunión de hoy, un Real Decreto-Ley por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinados ámbitos de las cuencas hidrográficas.

En el año hidrológico 2007-2008, que acaba de finalizar, la precipitación media nacional se ha situado un 9% por debajo de la media normal. Estas condiciones climáticas adversas han dado como resultado que determinados ámbitos de algunas cuencas hidrográficas continúen con acusados problemas para el suministro de agua.

Por ello, este Real Decreto-Ley establece conceder, un año más, la exención de determinadas tasas de agua para riego, extendiéndola a los abastecimientos afectados por la escasez de recursos.

Asimismo, se prórroga el Real Decreto-ley 15/2005, de 16 de diciembre, de medidas urgentes para la regulación de las transacciones de derechos de aprovechamiento de aguas, que se ha revelado como un instrumento útil para la reasignación voluntaria de derechos de agua.

También se prorroga, hasta el 30 de noviembre de 2009, la vigencia de los Reales Decretos 1265/2005, de 21 de octubre, y 1419/2005, de 25 de noviembre, por los que se adoptaron medidas administrativas excepcionales para la gestión de recursos en Júcar, Segura y Tajo, y Guadiana, Guadalquivir y Ebro, respectivamente, aunque en el primer caso sólo se prorroga su vigencia para los ámbitos de las cuencas de los ríos Júcar y Segura y en el segundo caso para el ámbito de las cuencas de los ríos Guadalquivir y Guadiana, con la salvedad de que en el caso del Guadalquivir sólo hasta el 31 de diciembre de 2008.

Además se prorroga, hasta el 30 de noviembre de 2009, la vigencia del Real Decreto 1419/2005, de 25 de noviembre, por el que se adoptan medidas administrativas excepcionales para la gestión de los recursos hidráulicos y para corregir los efectos de la sequía en las cuencas hidrográficas de los ríos Guadiana, Guadalquivir y Ebro -única y exclusivamente para el ámbito de la cuenca hidrográfica del río Guadalquivir no afectada por el Real Decreto sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma.

Este Real Decreto-Ley tiene por objeto establecer medidas de apoyo a los titulares de derechos al uso de agua para riego en los ámbitos territoriales afectados por la sequía cuando hayan tenido una dotación inferior al 50% de lo normal.

Asimismo, trata de restablecer la normalidad económica en la Mancomunidad de los Canales del Taibilla mediante las exenciones de las tasas relativas a los gastos de funcionamiento, fijos y variables, de la tarifa de conducción de aguas, correspondientes al año 2008.

Por otro lado, el Real Decreto-Ley exime al Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel de la aportación correspondiente a la tarifa de conducción del abastecimiento Tajo-Segura, dado el escaso aprovechamiento de los recursos trasvasados anteriormente.

Por último, la persistencia de la sequía por cuarto año consecutivo aconseja reducir aun más las perdidas de agua en los regadíos y mejorar la eficacia en la gestión, buscando un ahorro y mayor control que permita una mayor disponibilidad y herramientas de gestión de los escasos recursos. Por ello, se prevé la realización de determinadas obras hidráulicas para las que se incluye la declaración de utilidad pública a los efectos de la ocupación temporal y expropiación forzosa de bienes y derechos, así como la de urgente necesidad de la ocupación de un conjunto de actuaciones vinculadas con la lucha contra la sequía. Son las siguientes:

- Cuenca del Segura
Modernización, impermeabilización y sistemas de control en las acequias principales de las Vegas del Segura y Mundo.

- Cuenca del Tajo
Proyecto de ejecución de By-Pass en la red de abastecimiento Almoguera Mondéjar.
Mejora del Abastecimiento a Sigüenza.
Abastecimiento a la mancomunidad de La Muela (Guadalajara).
Ampliación de la red de abastecimiento de agua a la mancomunidad del Guadiela.
Abastecimiento a la nueva mancomunidad de aguas de la presa de Santa Lucía (Cáceres).

- Cuenca del Guadiana
Mejora del abastecimiento a la Mancomunidad de Vegas Altas.
Actuaciones de mejora para la gestión del canal del Zujar.

- Cuenca del Guadalquivir
Proyecto de modernización de infraestructuras en el Sector I A-B de la Zona Regable de Vegas Bajas de Jaén.

- Cuenca del Júcar
Actuaciones para mejorar la disponibilidad, garantía y calidad de los recursos en la Ribera del Júcar, Valencia y su área metropolitana.


24 de octubre de 2008

0 comentarios: