Es a partir de hoy que las disposiciones de la Unión Europea que regulan la forma y tamaño de numerosas frutas y hortalizas dejan de existir por derogación de las normas de comercialización aplicables a 26 de estos productos. La iniciativa de la Comisión de suprimir estas normas es uno de los elementos principales de su batalla en pro de la racionalización y simplificación de las normas comunitarias y la reducción de los trámites burocráticos. Las normas de comercialización se seguirán aplicando a 10 tipos de frutas y hortalizas, entre ellas las manzanas, fresas y tomates, si bien en esos 10 casos los Estados miembros podrán permitir, por primera vez, que las tiendas vendan productos que no cumplan las normas, a condición de que vayan etiquetados de modo que se distingan de los pertenecientes a las categorías "extra", "I" y "II". En otras palabras, las nuevas disposiciones hacen posible que las autoridades nacionales permitan la venta de frutas y hortalizas de todo tipo, independientemente de su forma y tamaño.
"El 1 de julio es la fecha que señala el regreso a nuestros anaqueles de los pepinos curvos y las zanahorias nudosas", ha señalado Mariann Fischer Boel, Comisaria de Agricultura y Desarrollo Rural. "Hablando más en serio, se trata de un ejemplo concreto de nuestros esfuerzos por reducir los trámites burocráticos innecesarios. No hay ninguna necesidad de regular estas cosas a escala comunitaria, es mucho mejor dejarlo en manos de los agentes económicos del mercado. Las modificaciones que se han llevado a cabo suponen asimismo que los consumidores podrán escoger entre la mayor gama de productos posible. Carece de todo sentido tener que arrojar productos que están en perfecto estado solo porque no tienen una forma y un tamaño adecuados".
Durante las negociaciones celebradas en 2007 sobre la reforma de la organización común del mercado de las frutas y hortalizas, la Comisión se comprometió a reducir la burocracia innecesaria suprimiendo diversas normas de comercialización aplicables a ese tipo de productos. Los cambios que se producen a partir de hoy mismo suponen la eliminación de tales normas en el caso de 26 productos: albaricoques, alcachofas, espárragos, berenjenas, aguacates, judías, coles de Bruselas, zanahorias, coliflores, cerezas, calabacines, pepinos, setas cultivadas, ajos, avellanas con cáscara, repollos, puerros, melones, cebollas, guisantes, ciruelas, apios, espinacas, nueces con cáscara, sandías y endibias.
Se mantienen las normas de comercialización en el caso de 10 productos que representan el 75 % del valor de los intercambios comerciales comunitarios: manzanas, cítricos, kiwis, lechugas, melocotones y nectarinas, peras, fresas, pimientos dulces, uvas de mesa y tomates. No obstante, los Estados miembros podrán no aplicarles esas normas si se venden con una etiqueta apropiada. Ello supone en la práctica que una manzana que no se ajuste a la norma podrá venderse en las tiendas, siempre que lleve una etiqueta con la indicación "producto destinado a la transformación" u otra equivalente.
Jesús Domingo
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