Los nuevos Estatutos de Autonomía y la cuestión del agua.
En las jornadas de derecho de aguas, Agua y Territorio, el señor Embid expuso genialmente el estado de la cuestión en materia de aguas referido a las competencias de las Autonomías. Como buen jurista fue un modelo de precisión y de construcción de un panorama "poliédrico" y apasionante del "mundo del agua en España". Habrá tiempo para polemizar, pero la categoría del ponente hace imposible que en un breve artículo desglose y exponga una opción alternativa al panorama creado por la insolidaridad endémica de las Comunidades Autónomas y la visión que tienen del Gobierno Central como el enemigo a despojar de competencias.
Difícil será encontrar una Comunidad Autónoma "leal" a la Constitución en lo referente a las "competencias exclusivas del Estado en materia de aguas", sea para la legislación básica o para la administración de las cuencas intercomunitarias. Todos tienen poderosas razones para no confiar en el Estado como administrador del bien común y en confiar en ellas mismas como el paradigma de "administrador" ante un ciudadano perplejo.
La Comunidad Catalana en su artículo 117.1 del Estatuto afirmaba que tiene competencia exclusiva en materia de aguas en las aguas intracomunitarias. Es una afirmación muy golosa y ansiada por la Comunidad Andaluza y la de Castilla León que se apropian de esa competencia exclusiva en materia de aguas para el Guadalquivir y para el Duero respectivamente. Las razones son territoriales y de población. Somos la mayoría luego nuestra opinión debería ser la determinante. Para salvaguardarse de una posible rectificación por anticonstitucionalidad, cada una de ellas apela a que esa competencia se ejercitará conjuntamente con el Estado o bien se ejercitará dentro de la legislación estatal.
En ambos casos, el pez grande se come al chico y se muestra el sentido común de los redactores del texto constitucional al dejar esos ríos dentro de la competencia del Estado. Se avecinan tiempos duros, de mayor insolidaridad política cada día, conduciéndonos el Presidente español, al margen de la Constitución, a un Estado Federal que está resultando "realmente" Confederado e insolidario.
El caso catalán donde se abrogan competencias para fijar el caudal del delta del Ebro "al mismo nivel que el Estado Español" entran en conflicto con las demás comunidades autónomas de la cuenca del Ebro, ya que el caudal de 125 m3/s o, posiblemente, mayor, obligaría a gestionar el recurso "escaso" que es el agua para atender caudales ambientales que son una construcción artificial aunque legítima.
Valencia reclama las aguas sobrantes del Ebro, Aragón mandata a sus legisladores para evitar el trasvase de la cuenca del Ebro. En el caso aragonés han cambiado mucho las primeras redacciones del estatuto para exponer que "velarán por la sostenibilidad del territorio y el compromiso ante las generaciones futuras de Aragón". Parece que ha ganado la racionalidad. No es un Estatuto antitrasvasista, pero sí que lo pone muy difícil. Ahí el problema es lo complejo y subjetivo que es el efecto ambiental de la sostenibilidad de Aragón en el que cabe, en todo momento, el que circulen caudales que drenen al mar comprometiendo las demandas actuales. Pero, una vez que el agua ha circulado por Aragón, que desemboca en el Ebro ¿esos sobrantes influyen negativamente en la sostenibilidad aragonesa si se derivan a Murcia o Valencia?
En la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha es la reivindicación anti trasvase Tajo - Segura la que prima y lleva dar un plazo de caducidad al trasvase en el 2015. La causa que aducen es ambiental, pero la guerra es "política" y guerra entre "autonomías". Ni Murcia ni Valencia pueden hoy en día prescindir del actual trasvase, es vital para su supervivencia.
Ante este panorama la conclusión es clara: Ahí está ell escenario de las futuras guerras del agua en España, de la divisón e inquina entre autonomías, de la deconstrucción del Estado Autonómico y de la imposibilidad, incluso, del Estado Confederado. Intereses irreconciliables son la semilla puesta por los "nuevos" socialistas españoles en materia de aguas. La "gestión del conflicto" exigía primero crearlo, mantenerlo y ¿luego?
frid
3/12/2007
Los conflictos generados y reales en materia de aguas. El agua en los Estatutos de Autonomía de España.
Publicado por cartapacio.liberal en 11:14 a. m.
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