Presentado el Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para la instalación de los parques eólicos marinos
Este tipo de actuaciones, con grandes piés y potencias instaladas, serán una contribución importante al ahorro de energías fósiles y al abaratamiento de la energía eólica, en espera de la conquista, por empresarios españoles bien situados, de una parte importante del mercado mundial en esta materia.
• El Estudio establece, a través de una representación geográfica, diferentes áreas eólicas marinas clasificadas en zonas aptas, zonas de exclusión y zonas con condicionantes medioambientales para la instalación en ellas de parques eólicos marinos
• Este documento se someterá a información pública en los próximos días; asimismo, puede consultarse en las páginas web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (www.mityc.es) y del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es)
• Una vez aprobado el estudio, las solicitudes de reserva de zona sólo podrán presentarse para las zonas aptas
11 dic. 07. - El Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para la instalación de parques eólicos marinos ha sido presentado hoy por el director general de Evaluación y Calidad Ambiental, Jaime Alejandre, el director general de Costas, José Fernández y el director general de Política Energética y Minas, Jorge Sanz,. El objetivo de este Estudio es la determinación de las zonas del dominio público marítimo terrestre que, a los solos efectos ambientales, reúnen condiciones favorables para la instalación de parques eólicos marinos.
La realización del Estudio, elaborado por los Ministerios de Industria, Turismo y Comercio y Medio Ambiente, estaba prevista en el Real Decreto, aprobado por el Consejo de Ministros del pasado 20 de julio, que regula los procedimientos para la obtención de las autorizaciones y concesiones administrativas necesarias destinadas a la construcción y ampliación de las instalaciones de generación de electricidad que se encuentren ubicadas físicamente en zonas marinas.
El Estudio establece, a través de una representación geográfica, diferentes áreas eólicas marinas sobre las que se realiza la siguiente clasificación:
• Zonas aptas (en verde): las áreas más adecuadas para el establecimiento de parques eólicos marinos por ser reducidos, en principio, sus efectos ambientales frente a las ventajas que presentan. Todo ello, claro está, sin prejuzgar su viabilidad ambiental final. Así, es necesario recordar que la clasificación de una zona como apta no exime de la realización y aprobación de los correspondientes estudios de impacto ambiental posteriores asociados a la autorización de instalaciones de energía eólica en el mar.
• Zonas de exclusión (en rojo): las áreas que se deben excluir del proceso por haber sido identificados sus potenciales efectos ambientales significativos o conflictividad con otros usos del medio marino.
• Zonas con condicionantes medioambientales (en amarillo): las áreas en las que el desarrollo de parques eólicos marinos está condicionado por algún factor, por lo que sus efectos o conflictos deberán ser analizados en la fase posterior de diseño del proyecto.
La evaluación de los efectos potenciales sobre el medio ambiente se ha hecho de forma generalizada, planteando una clasificación del medio en tres categorías (medio físico, biótico y socioeconómico) y considerando los posibles efectos en tres fases diferenciadas (construcción, explotación o funcionamiento y desmantelamiento).
Este Estudio Estratégico es un requisito previo para la solicitud de reserva de zona (primer paso en el procedimiento de autorización para una instalación eólica en el mar). Una vez aprobado el estudio, las solicitudes de reserva de zona sólo podrán presentarse para las zonas aptas.
Esta evaluación estratégica previa junto con las posteriores caracterizaciones de Áreas Eólicas Marinas previstas en el citado Real Decreto permitirán una mayor eficiencia en los procedimientos de autorización, orientando a los promotores en la elección de las zonas más adecuadas desde el punto de vista ambiental y facilitando el diseño de los proyectos de instalaciones que finalmente se presenten para sus correspondientes evaluaciones de impacto ambiental y posterior autorización.
EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL ESTUDIO
A raíz de la aprobación de la Ley 9/2006, de 28 de abril, de evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se debe someter este Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para la instalación de Parques Eólicos Marinos a un proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) que siga el procedimiento establecido en la citada Ley.
De este modo, el Informe de Sostenibilidad Ambiental que también ha sido presentado hoy con este documento es el resultado de las primeras fases del proceso de EAE al que se somete el citado Estudio. Este proceso deberá concluir con la elaboración de una Memoria Ambiental.
La evaluación ambiental en los niveles estratégicos de decisión tiene como fin orientar la elaboración de cualquier plan o programa desde el principio hacia los objetivos ambientales, integrando éstos con los de la planificación, para hacerla más sostenible.
El Informe de Sostenibilidad Ambiental y Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para la instalación de parques eólicos marinos se someterá a información pública en los próximos días. Asimismo, puede consultarse el texto completo de este documento en las páginas web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (www.mityc.es) y del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es).
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