21.12.2007. Establece los controles mínimos de calidad a realizar por los operadores del sector y homogeiniza la toma de muestras de leche y su análisis. Se crea el módulo de calidad de la base de datos Letra Q, para la gestión homogénea de la calidad de la leche cruda.
Nuevas normas básicas para el control de los operadores del sector lácteo El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establece la normativa básica de control que deben cumplir los operadores del sector lácteo, modificando la normativa vigente sobre identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche. El nuevo Real Decreto desarrolla la nueva reglamentación comunitaria en materia de higiene alimentaria, estableciendo los controles mínimos obligatorios, que deben realizar los operadores económicos vinculados a la producción de la leche cruda de vaca en todas sus etapas, para que todos los operadores y laboratorios del sector lácteo actúen de manera homogénea. A lo largo del proceso de producción de la leche, se realizarán dos tipos de controles de calidad por personal especializado, uno en la propia explotación previo a la carga de la leche en la cisterna de transporte, y otro en el centro lácteo previo a la descarga de la leche de la cisterna de transporte. Estos controles incluyen la toma de muestras de leche cruda de vaca. El Real Decreto establece además las normas comunes para la toma de muestras y análisis, y define las condiciones exigibles a los laboratorios de análisis. Todos los datos de las muestras tomadas serán transmitidos por los laboratorios a la base de datos "Letra Q", generándose avisos a las autoridades competentes en caso de que no se superen los controles de calidad, lo que garantizará el control del destino de dicha leche. De esta manera, la base de datos "Letra Q" se convertirá en una herramienta de gran ayuda para garantizar el control de la calidad de la leche y la coordinación entre las distintas administraciones. Todos los agentes implicados: operadores, ganaderos, autoridades, podrán consultar los resultados de las muestras con distintos niveles de acceso. Además se crea un módulo específico de controles oficiales para incluir los resultados de dichos controles. Se crea también la figura de los "centros de operación". Se trata de operadores que cuentan con cisternas propias o alquiladas para recoger la leche, y después la descargan en un centro lácteo vinculado a otro operador. Además, para facilitar la comunicación de movimientos a la "base de datos Letra Q", y dado que la identificación electrónica otorgada a los responsables del centro es personal e intransferible, se crean las figuras del responsable principal y secundario de centro. De esta manera la comunicación de movimientos a la "base de datos Letra Q" se puede realizar por más de una persona física dentro de cada centro.
21 de diciembre de 2007
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