9/11/2006

Ideología, ciencia y OMG´s

Por motivos ideológicos

Por motivos ideológicos el MAPA (Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación) hace caso omiso de las evidencias científicas en su propuesta sobre coexistencia de cultivos.

Sobre la coexistencia de cultivos el Ministerio de Agricultura lleva dos años preparando borradores, en el último ignora ampliamente el informe solicitado al grupo de expertos científicos de la Comisión de Biovigilancia, cuyo texto completo se puede obtener en el vínculo abajo indicado.

Y es que en el último borrador del MAPA figura la obligación de una distancia mínima de aislamiento de 220m para el maíz, en franca contradicción con el informe mencionado, que indica de forma razonada y aportando numerosas evidencias, que una distancia de 20-25 m, o 4-6 filas como barrera, es más que suficiente para que la eventual presencia adventicia caiga por debajo del umbral del 0,9%, que obligaría al etiquetado como OMG al maíz convencional.

Sin duda la distancia de 220 metros que pretende la Administración no ha sido justificada por ninguna opinión científica y se trata de una distancia disuasoria para satisfacer las opiniones políticas antibiotecnología, que tratan de aprovechar una ley que es meramente comercial para imponer restricciones a los OMG que impidan o dificulten de hecho en gran medida su cultivo al que se oponen por motivos ideológicos. Tal y como ha reiterado la Comisión Europea en numerosas ocasiones, la coexistencia es un asunto que nada tiene que ver con la seguridad de los alimentos ni con el medio ambiente, ya que los OMG permitidos por la UE han pasado las pruebas más rigurosas y son por lo menos tan seguros como puedan ser los cultivos convencionales o los denominados ecológicos.

El Ministerio de Agricultura (MAPA) presentó en julio del año pasado (2005) un borrador sobre coexistencia de cultivos de maíz OMG, que básicamente era igual que el actual con la salvedad de que la distancia de aislamiento era de 50 m en lugar de los 220 m del actual. Tras varios meses de bloqueo del mismo por motivos políticos, a primeros de año, el Secretario General de Agricultura y Alimentación Josep Puxeu, que preside la Comisión Nacional de Biovigilancia, solicitó a un grupo de seis prestigiosos expertos científicos un informe sobre esta cuestión:

“Teniendo en cuenta los datos experimentales obtenidos en los estudios sobre coexistencia realizados en España y en otros países ¿son adecuadas las medidas de distancia de aislamiento y zona tampón recogidas en el Proyecto de Real Decreto de coexistencia, para garantizar que la presencia adventicia de OMG en cultivos convencionales o ecológicos se encuentre por debajo del umbral de etiquetado legalmente establecido?”

La respuesta a la cuestión, argumentada con los evidencias disponibles y numerosos datos experimentales es la siguiente:

1.-Que los datos experimentales son numerosos y consistentes en los estudios realizados en varios países europeos y principalmente en España.

2.-Que dichos estudios, tanto en ensayos planeados ex profeso como en situaciones reales de campo, indican que utilizando 20-25 m de distancia o 4-6 filas como barrera en caso de parcelas pequeñas de maíz convencional, la presencia adventicia de semillas modificadas genéticamente cae sobradamente por debajo del 0.9% de semilla transgénica en las parcelas de maíz convencional.

3.-Que las partidas comerciales de maíz para pienso no presentan proporciones superiores a dicho umbral en ninguno de los casos analizados.

4.-Que bastan buenas prácticas agrícolas para garantizar la coexistencia entre cultivos MG y no MG.

5.-Que puede garantizarse la compatibilidad, a lo largo de toda la cadena, entre producciones OMG, convencionales y ecológicas de manera que no se perjudique la competitividad de la agricultura española en cualquiera de sus modalidades.

6.-Que con los datos presentados en este Informe, se puede satisfacer la recomendación de la Comisión Europea de 13 de marzo de 2006 referida más extensamente en en 11.3.4.14: "las medidas sobre coexistencia no deben rebasar los límites necesarios para garantizar que los restos accidentales de OMG se mantengan por debajo de los umbrales de tolerancia fijados en el Reglamento (CE) n° 1829/2003 y la Directiva 2001/18/CE a fin de evitar toda carga innecesaria para los agentes afectados".

Es decir, en el borrador original la distancia de aislamiento propuesta de 50 m ya suponía el doble de la establecida con criterios científicos como más que suficiente. El MAPA, sin embargo, dejándose influir por las presiones de grupos ecologistas y a su ideología pseudo-progresista, en su propuesta posterior aumentó esta distancia a 220 m.

Se puede acceder a los textos del informe del grupo de expertos científicosy a los del borrador del MAPA sobre coexistencia.

Jesús Domingo Martínez

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